El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado el 21 de octubre el recurso del Gobierno español contra el dictamen de junio de 2012 que anuló la aplicación retroactiva de la “doctrina Parot” (por el nombre del primer terrorista bajo aplicación de esta ley, Henri Parot).
Esta doctrina, validada por el Tribunal Supremo en 2006, explica El País, preveía la concesión de beneficios penitenciarios sobre cada condena por crímenes múltiples con varias víctimas, por tanto de forma individual- hasta la entrada en vigor del Código Penal de 1995-, y no sobre la pena máxima prevista, fijada en 30 años de prisión, como preveía el anterior Código Penal de 1973.
El Tribunal de Estrasburgo se pronuncia definitivamente sobre el caso de la etarra Inés del Río, condenada a diversas penas por un total de 3.000 años de prisión, y que ahora será puesta en libertad de forma inmediata. Pero también al menos otros 55 presos etarras podrían beneficiarse de la decisión.
Las asociaciones de víctimas han reaccionado pidiendo al Gobierno que no aplique el dictamen. "Es cierto que la opinión pública está muy sensibilizada por este asunto", indica El País, pero
que el Estado se negase a cumplir la sentencia de un Tribunal de Derechos Humanos sí que estimularía a los más fanáticos de ese mundo, que llevan decenios diciendo que España no es una verdadera democracia.