Análisis Pacto Europeo sobre Migración y Asilo | 3

Migrantes menores: El interés superior del niño es “un concepto aplicado sin coherencia y sin garantías de verdad”

La tercera parte de nuestra serie dedicada al Pacto Europeo sobre Migración y Asilo trata sobre la cuestión de los menores migrantes. A pesar de la adopción de algunas medidas y de las incontables recomendaciones para favorecerles, su situación no deja de deteriorarse dentro de la UE.

Publicado en 14 diciembre 2020 a las 17:30

Al elaborar el Pacto sobre Migración y Asilo, la Comisión Europea se ha enfrentado de nuevo a un rompecabezas: ¿cómo conciliar la voluntad de reducir la inmigración irregular y la obligación legal de proteger a los menores? Un primer paso para ello ha sido sembrar el Pacto de referencias “al interés superior del niño”, algo que, según Elisabeth Schmidt-Hieber, responsable de Comunicación de Sos Children’s Villages International, plantea el riesgo de “que este concepto se aplique sin coherencia y sin garantías de verdad”.

La Convención de los Derechos del Niño (CRC, por sus siglas en inglés) define a un niño como “todo ser humano menor de dieciocho años de edad”, una definición que recoge la Comisión en una Comunicación sobre la protección de los menores migrantes en 2017. Sin embargo, el Pacto precisa que solo las familias con hijos menores de 12 años estarán exentas del nuevo procedimiento de asilo acelerado en la frontera. 

En opinión de Elisabeth Schmidt-Hieber, se trata de una distinción “problemática” y recuerda que la Directiva de 2003 sobre reagrupación familiar también preveía un tratamiento distinto según la edad del menor: “Cuando un hijo tenga más de 12 años y llegue independientemente del resto de su familia, el Estado miembro, antes de autorizar su entrada y su residencia […], podrá verificar si cumple algún criterio de integración”. ¿En qué se basa la Comisión para establecer una distinción entre los niños mayores y menores de 12 años? 

Un portavoz de la Comisión, con el que nos pusimos en contacto para hablar sobre este asunto, destaca que la Directiva de procedimientos de asilo de 2013, al conceder a los Estados miembros la posibilidad de aplicar procedimientos en la frontera, no prevé “ninguna exención explícita para los menores acompañados”. Por lo tanto, habría que considerar un avance la exención prevista por el Pacto que permite “garantizar un equilibrio adecuado entre la protección de los más vulnerables y la necesidad de mantener un procedimiento fronterizo eficaz con un alcance lo suficientemente amplio”. En otras palabras, puesto que eximir a todas las familias con niños menores reduciría el alcance del procedimiento (a partir de ahora obligatorio), la infancia se ha dividido en dos subcategorías, al fijar el límite en la edad de 12 años según un criterio que sigue sin explicarse.

Recibe lo mejor del periodismo europeo en tu correo electrónico todos los jueves

Para actuar en el interés de los niños migrantes sería necesario ampliar el límite de edad, en lugar de reducirlo, y apoyar a los jóvenes después de cumplir 18 años”.

Elisabeth Schmidt-Hieber

El concepto del interés superior del niño también plantea problemas. La CRC no aporta una definición precisa, sino que la expresión se asocia por lo general a “la protección del bienestar físico y metal de un niño y [a] su desarrollo”. Según la Comisión, por ejemplo, registrar en la base de datos biométricos Eurodac a los niños de más de 6 años, si es necesario a la fuerza, sería en el interés de los menores. De este modo se les podría proteger del tráfico de personas, encontrarles en caso de desaparición e identificar sus vínculos familiares.

 Este punto de la propuesta de modificación del reglamento Eurodac de 2016, que se ha criticado por ser un violación desproporcionada e inútil de los derechos fundamentales del niño, se vuelve a encontrar tal cual en la nueva versión que incluye el Pacto. La detención y los regresos forzados son otros ejemplos del uso legal de la fuerza previstos por el Pacto, así como por las Directivas de Retorno y Acogida, cuyas negociaciones aún están en curso.

Mientras se consolida este arsenal en Bruselas, en el resto de la UE y, en concreto, en las fronteras, los actos violentos contras los niños migrantes se multiplican con la complicidad de las autoridades. Tras el acuerdo UE-Turquía de 2017, miles de menores se han quedado bloqueados en el infierno de los “campos de acogida” en Grecia. Los retornos ilegales en las fronteras entre Croacia y Bosnia-Herzegovina, Austria y Eslovenia o Grecia y Turquía siguen siendo numerosos. Hasta el 28 de octubre pasado, las autoridades de Canarias separaban a las familias al llegar al archipiélago, a la espera de una prueba de ADN que demostrara los vínculos de parentesco. 

Pero, sobre todo, lo que pone en evidencia los límites del compromiso de la UE a favor de “el interés superior de los niños” es la situación de los menores extranjeros no acompañados (MENA). Aparte de eximirles del procedimiento de asilo acelerado en la frontera, el Pacto propone medidas poco exigentes. 

Desde 2003, estos menores tienen derecho a disponer de un representante desde su llegada al territorio europeo. En la práctica, la presencia de estos representantes (con frecuencia voluntarios), su función y sus poderes varían en gran medida entre los distintos Estados miembros. El Pacto propone aumentar los recursos a su disposición y reforzar la Red europea de tutela, presentada en 2018. Queda por saber qué medios se invertirán efectivamente en este ámbito y qué Estados miembros se encargarán de ello.

Bélgica dispone de un Servicio de Tutela desde 2002. “Puedo seguir hasta a 25 menores al año, pero mi máximo ha sido de 17”, explica Ann, tutora desde 2016. “Para crear una relación de confianza, se necesita una disponibilidad total”. Ann, que recibe una remuneración como autónoma, acompaña a los menores en sus procedimientos y realiza un seguimiento sobre su alojamiento, su escolaridad y su salud, y todo ello “de forma independiente con respecto a cualquier institución”. Si un menor no quiere iniciar ningún proceso, “respetamos su voluntad”, explica. Si, según el tutor, esta voluntad va en contra del interés del joven, “estamos ahí para hablar e intentar convencerle”. ¿La vuelta al país de origen puede ser en el interés de un MENA? “No he conocido nunca ningún caso de un joven seguido por el Servicio de Tutela que haya aceptado un regreso voluntario”, afirma.

Una ley “esemplar”

Cualquier vínculo oficial acaba el día en que estos jóvenes cumplen dieciocho años. Sin embargo, ¿cómo podemos dejar de interesarnos por su situación, sobre todo si no han finalizado los trámites para que residan legalmente en la UE? En estos momentos, Ann aloja a un joven que fue MENA y cuya solicitud de protección se ha rechazado. “¡Y ni siquiera era su tutora!”. A ella le resulta imposible quedarse impasible ante la violencia de un sistema que acompaña a los jóvenes mientras la ley obligue a ello, para luego abandonarles a su suerte o intentar expulsarles.

En otros países, los sistemas de tutela son más recientes. Es el caso de Italia que, en 2017, aprobó la ley Zampa sobre la protección de los MENA, reconocida como “ejemplar” por numerosas ONG. Pero, en el resto de la UE, pocos Gobiernos parecen estar dispuestos a seguir el ejemplo de Bélgica o de Italia. En Hungría, solo se asigna un tutor a los menores hasta los 14 años (después tienen derecho a un representante en el contexto de su procedimiento). Por su parte, Francia, aunque dispone de una legislación comparable a la italiana, se ha convertido en “una máquina de destrozar a niños y sus sueños”, como titula un desgarrador reportaje sobre la criminalización de estos menores.

En este contexto, resulta difícil imaginar cómo algunas recomendaciones de la Comisión podrían cambiar la situación. “Para actuar en el interés de los niños migrantes”, concluye Elisabeth Schmidt-Hieber, “sería necesario ampliar el límite de edad, en lugar de reducirlo, y apoyar a los jóvenes después de cumplir 18 años”. Pero se ha aplicado lo contrario, con lo que se refuerza la idea de que los niños migrantes son primero migrantes y, después, niños.

Este artículo está dedicado a Mawda Shawri, nacida en 2016 en Alemania de padres kurdos iraquíes y asesinada en 2018 por un policía belga mientras intentaba llegar al Reino Unido con su familia. El policía está acusado de homicidio involuntario. La sentencia del Tribunal de Mons se espera para el 12 de febrero de 2021.

👉 Los otros artículos de la serie.

👉 Lea también nuestra serie sobre los "Dreamers de Europa", jóvenes sin papeles, sin visado y sin nacionalidad en la edad del coronavirus, producida en colaboración con Lighthouse Reports y The Guardian.


Tags
¿Te ha gustado este artículo? Nos alegra mucho. Se encuentra disponible para todos nuestros lectores, ya que consideramos que el derecho a la información libre e independiente es esencial para la democracia. No obstante, este derecho no está garantizado para siempre, y la independencia tiene su precio. Necesitamos tu apoyo para seguir publicando nuestras noticias independientes y multilingües para todos los europeos. ¡Descubre nuestras ofertas de suscripción y sus ventajas exclusivas y hazte miembro de nuestra comunidad desde ahora!

¿Eres un medio de comunicación, una empresa o una organización? Consulta nuestros servicios editoriales y de traducción multilingüe.

Apoya el periodismo europeo independiente

La democracia europea necesita prensa independiente. Voxeurop te necesita a ti. ¡Únete a nosotros!

Sobre el mismo tema